Art. 41
Requisitos financieros y liquidación
En vigor desde 26 sept 2016
Artículo 41
Requisitos financieros y liquidación
1. La plataforma única de asignación deberá proporcionar procedimientos de facturación o de autoliquidación para la liquidación de los débitos o créditos derivados de la asignación de derechos de transmisión a largo plazo, la devolución de derechos de transmisión a largo plazo y la remuneración de derechos de transmisión a largo plazo. Las normas de asignación armonizadas deberán precisar dichos procedimientos.
2. Para poder participar en las subastas, un participante en el mercado deberá disponer de garantías suficientes para asegurar sus ofertas y los derechos de transmisión a largo plazo asignados de conformidad con las condiciones establecidas en las normas de asignación armonizadas.
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