Art. 10
Identificación de exenciones aplicables
En vigor desde 28 jul 2016
Artículo 10
Identificación de exenciones aplicables
Las comunicaciones de operaciones indicarán las exenciones aplicables con arreglo al artículo 4 o al artículo 9 del Reglamento (UE) n.o 600/2014 a la ejecución de la operación, de conformidad con el campo 61 del cuadro 2 del anexo I del presente Reglamento.
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