Art. 4
Número y tipo de participantes activos en el mercado
En vigor desde 26 may 2016
Artículo 4
Número y tipo de participantes activos en el mercado
1. En relación con el número y tipo de participantes activos en el mercado, la AEVM tendrá en cuenta los siguientes elementos:
a)
la existencia de un número total de participantes en el mercado que negocien con esa categoría de derivados o una subcategoría pertinente de la misma no inferior a dos;
b)
el número de centros de negociación que admitan a negociación o negocien con esa categoría de derivados o una subcategoría pertinente de la misma;
c)
el número de creadores de mercado y otros participantes en el mercado que estén sujetos a un acuerdo escrito vinculante o a la obligación de aportar liquidez.
2. En su análisis, la AEVM comparará la proporción de participantes en el mercado con los resultados de los datos recopilados para el análisis del volumen medio y la frecuencia media de las operaciones.
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