Art. 52

Comunicación con la empresa matriz de la Unión

En vigor desde 23 mar 2016
Artículo 52 Comunicación con la empresa matriz de la Unión 1.   La autoridad de resolución a nivel de grupo velará por una interacción y una cooperación sistemáticas con la empresa matriz de la Unión con vistas a propiciar un funcionamiento eficiente y eficaz del colegio de autoridades de resolución. 2.   La autoridad de resolución a nivel de grupo comunicará a la empresa matriz de la Unión el establecimiento del colegio de autoridades de resolución y una lista de sus miembros y observadores, así como cualquier cambio de los miembros y observadores de dicho colegio.
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