Art. 52
Comunicación con la empresa matriz de la Unión
En vigor desde 23 mar 2016
Artículo 52
Comunicación con la empresa matriz de la Unión
1. La autoridad de resolución a nivel de grupo velará por una interacción y una cooperación sistemáticas con la empresa matriz de la Unión con vistas a propiciar un funcionamiento eficiente y eficaz del colegio de autoridades de resolución.
2. La autoridad de resolución a nivel de grupo comunicará a la empresa matriz de la Unión el establecimiento del colegio de autoridades de resolución y una lista de sus miembros y observadores, así como cualquier cambio de los miembros y observadores de dicho colegio.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2016:1075:oj#art-52