Art. 4

Nueva presentación de datos

En vigor desde 2 dic 2015
Artículo 4 Nueva presentación de datos Las empresas de seguros y de reaseguros, las empresas de seguros y de reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros y las sociedades financieras mixtas de cartera volverán a presentar tan pronto como sea factible la información facilitada utilizando las plantillas mencionadas en el presente Reglamento, cuando la información originalmente presentada haya cambiado de manera sustancial en relación con el mismo período de referencia con posterioridad a la última presentación de datos a las autoridades de supervisión o al supervisor de grupo.
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