Art. 2
Cálculo de la adición de capital
En vigor desde 11 nov 2015
Artículo 2
Cálculo de la adición de capital
Si así lo requiere la autoridad de supervisión, la empresa de seguros o reaseguros efectuará el cálculo de la adición de capital con arreglo a las especificaciones fijadas por dicha autoridad.
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