Art. 31

Sistemas informáticos, transmisión por vía electrónica y administración electrónica

En vigor desde 2 mar 2015
Artículo 31 Sistemas informáticos, transmisión por vía electrónica y administración electrónica Serán aplicables al 11o FED, mutatis mutandis, los artículos 93, 94 y 95 del Reglamento (UE, Euratom) no 996/2012, referentes a la gestión electrónica de las operaciones y los documentos.
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