Art. 2

Exención relativa a la capacidad de supervivencia

En vigor desde 20 oct 2014
Artículo 2 Exención relativa a la capacidad de supervivencia No obstante lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1380/2013, la obligación de desembarque no se aplicará a las capturas de anchoa, jurel, chicharro y caballa en la pesca de cerco con jareta artesanal. Todas estas capturas pueden liberarse a condición de que la red no se haya izado totalmente a bordo.
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