Art. 18

Declaración de cumplimiento regional o colectivo

En vigor desde 17 jul 2014
Artículo 18 Declaración de cumplimiento regional o colectivo Con respecto a cada caso de cumplimiento regional o colectivo a tenor del artículo 46, apartados 5 o 6, del Reglamento (UE) no 1307/2013, se presentará una declaración de cumplimiento regional o colectivo que complete la solicitud de ayuda o la solicitud de pago de cada beneficiario participante. La declaración contendrá toda la información adicional necesaria para verificar el cumplimiento regional o colectivo de las obligaciones de conformidad con el artículo 46, apartados 5 o 6, de dicho Reglamento, en particular: a) la identificación única de cada beneficiario participante; b) el porcentaje mínimo que debe cumplir individualmente cada beneficiario participante con arreglo al artículo 46, apartado 6, párrafo segundo, de dicho Reglamento; c) la superficie total de las estructuras contiguas de las superficies de interés ecológico adyacentes a que se refiere el artículo 46, apartado 5, de dicho Reglamento, o de la superficie de interés ecológico común a que se refiere el artículo 46, apartado 6, de dicho Reglamento, con respecto a la que se cumplan las obligaciones de forma colectiva; d) material gráfico preestablecido que indique los límites y la identificación única de las parcelas de referencia que deben utilizarse para identificar inequívocamente las estructuras contiguas de las superficies de interés ecológico adyacentes o la superficie de interés ecológico común e indicar sus límites. En caso de cumplimiento regional, si el plan detallado previsto en el artículo 46, apartado 6, del Reglamento Delegado (UE) no 639/2014 contiene todos los datos enumerados en el párrafo segundo del presente artículo, la declaración contemplada en el párrafo primero podrá sustituirse por una referencia al plan. En caso de cumplimiento colectivo, la declaración contemplada en el párrafo primero se completará con el acuerdo escrito previsto en el artículo 47, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) no 639/2014.
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