Art. 2

Modificación del Reglamento (UE) no 1379/2013

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 2 Modificación del Reglamento (UE) no 1379/2013 En el artículo 35 del Reglamento (UE) no 1379/2013 se añade el siguiente apartado: «6.   Hasta el 31 de diciembre de 2021, los apartados 1, 2 y 3 no se aplicarán a los productos ofrecidos para su venta al por menor al consumidor final en Mayotte, como región ultraperiférica en el sentido del artículo 349 del TFUE.».
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