Art. 42
Contenido de los programas de apoyo
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 42
Contenido de los programas de apoyo
Los programas de apoyo incluirán, al menos, los siguientes elementos:
a)
una descripción pormenorizada de las medidas propuestas y de los objetivos cuantificados;
b)
los resultados de las consultas celebradas;
c)
una evaluación en la que se presenten las repercusiones técnicas, económicas, medioambientales y sociales previstas;
d)
el calendario de aplicación de las medidas;
e)
un cuadro general de financiación en el que figuren los recursos que se vayan a utilizar y su distribución indicativa entre las medidas, de conformidad con los límites presupuestarios previstos en el anexo VI;
f)
los criterios e indicadores cuantitativos que vayan a utilizarse para el seguimiento y la evaluación, así como las medidas adoptadas para garantizar una aplicación apropiada y eficaz de los programas de apoyo; y
g)
las autoridades y organismos competentes designados para aplicar el programa de apoyo.
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