Art. 42

Contenido de los programas de apoyo

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 42 Contenido de los programas de apoyo Los programas de apoyo incluirán, al menos, los siguientes elementos: a) una descripción pormenorizada de las medidas propuestas y de los objetivos cuantificados; b) los resultados de las consultas celebradas; c) una evaluación en la que se presenten las repercusiones técnicas, económicas, medioambientales y sociales previstas; d) el calendario de aplicación de las medidas; e) un cuadro general de financiación en el que figuren los recursos que se vayan a utilizar y su distribución indicativa entre las medidas, de conformidad con los límites presupuestarios previstos en el anexo VI; f) los criterios e indicadores cuantitativos que vayan a utilizarse para el seguimiento y la evaluación, así como las medidas adoptadas para garantizar una aplicación apropiada y eficaz de los programas de apoyo; y g) las autoridades y organismos competentes designados para aplicar el programa de apoyo.
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