Art. 4

Gestión operativa

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 4 Gestión operativa 1.   La Agencia será responsable de la gestión operativa de Eurodac. La gestión operativa de Eurodac consistirá en todas las funciones necesarias para mantener el sistema en funcionamiento durante las veinticuatro horas del día, siete días a la semana, de conformidad con el presente Reglamento, y, en particular, en el trabajo de mantenimiento y de desarrollo técnico necesario para garantizar que el sistema funciona a un nivel suficiente de calidad operativa, en particular en lo que se refiere al tiempo necesario para interrogar al Sistema Central. El Plan y el Sistema de Continuidad Operativa se elaborarán teniendo en cuenta las necesidades de mantenimiento y el tiempo de inactividad imprevisto del sistema, incluida la repercusión de las medidas de continuidad operativa en la protección y seguridad de los datos. La Agencia se asegurará, en cooperación con los Estados miembros, de que en el Sistema Central se utilicen en todo momento la tecnología y las técnicas mejores y más seguras que haya, sobre la base de un análisis de costes-beneficios. 2.   La Agencia será responsable de las siguientes funciones relacionadas con la Infraestructura de Comunicación: a) supervisión; b) seguridad; c) coordinación de las relaciones entre los Estados miembros y el proveedor. 3.   La Comisión será responsable de todas las funciones relacionadas con la Infraestructura de Comunicación distintas de las mencionadas en el apartado 2, en particular: a) la ejecución del presupuesto; b) adquisición y renovación; c) cuestiones contractuales. 4.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto de los funcionarios, la Agencia aplicará a todo miembro de su personal que deba trabajar con datos de Eurodac las correspondientes normas sobre secreto profesional u otras obligaciones equivalentes de confidencialidad. Esta obligación seguirá siendo aplicable después de que dichos miembros del personal hayan cesado en el cargo o el empleo o tras la terminación de sus funciones.
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