Art. 12
En vigor desde 21 jun 2013
Artículo 12
Queda derogado el Reglamento (CE) no 810/2008.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo V.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2013:593:oj#art-12