Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 13 may 2013
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las normas en virtud de las cuales: a) se eximen del requisito de una declaración sumaria de salida las mercancías de la Unión que salgan del territorio de Croacia para cruzar el corredor de Neum; b) se eximen del requisito de una declaración sumaria de entrada las mercancías de la Unión que vuelvan a entrar en el territorio de Croacia tras haber cruzado el corredor de Neum.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:479:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil