Art. 5

Relación entre evaluación y supervisión

En vigor desde 16 nov 2012
Artículo 5 Relación entre evaluación y supervisión 1.   La autoridad nacional de seguridad utilizará la información reunida durante la evaluación del sistema de gestión de la seguridad de la empresa ferroviaria o del administrador de infraestructuras para supervisar si sigue aplicando su sistema de gestión de la seguridad tras la expedición del certificado de seguridad o de la autorización de seguridad. 2.   Asimismo, la autoridad nacional de seguridad utilizará la información reunida durante las actividades de supervisión para revaluar el sistema de gestión de la seguridad de la empresa ferroviaria o del administrador de infraestructuras antes de la renovación del certificado de seguridad o de la autorización de seguridad.
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