Art. 4

Información periódica

En vigor desde 29 jun 2012
Artículo 4 Información periódica En virtud del artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) no 236/2012, las autoridades competentes facilitarán a la AEVM trimestralmente la siguiente información: a) la posición corta neta agregada diariamente en cada una de las acciones del principal índice de acciones nacional indicado por la autoridad competente pertinente; b) la posición corta neta agregada al término del trimestre en cada una de las acciones que no formen parte del índice contemplado en la letra a); c) la posición corta neta agregada diariamente en relación con cada emisor soberano; d) cuando proceda, las posiciones descubiertas agregadas diariamente en permutas de cobertura por impago de un emisor soberano.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2012:826:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil