Art. 1

En vigor desde 28 mar 2012
Artículo 1 El presente Reglamento establece las disposiciones que regulan las garantías que deben constituirse con arreglo a los Reglamentos que se enumeran a continuación o con arreglo a reglamentos adoptados en virtud de dichos Reglamentos, salvo disposiciones en contrario de dichos Reglamentos: a) Reglamentos por los que se establecen organizaciones comunes de mercado de determinados productos agrícolas: — Reglamento (CE) no 104/2000 (productos de la pesca y la acuicultura), — Reglamento (CE) no 1234/2007 (Reglamento único para las OCM); b) Reglamento (CE) no 73/2009 (regímenes de ayuda directa); c) Reglamento (CE) no 1216/2009 (régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas).
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eli:reg_impl:2012:282:oj#art-1

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