Art. 15
Idoneidad y honorabilidad
En vigor desde 21 mar 2012
Artículo 15
Idoneidad y honorabilidad
1. Las agencias de calificación crediticia deberán presentar a la AEVM el currículum vítae, incluido el historial laboral con las fechas pertinentes, una indicación de los puestos ocupados y una descripción de las funciones desempeñadas, de cada:
a)
miembro de la alta dirección;
b)
persona nombrada para dirigir la actividad de las sucursales;
c)
responsable de la auditoría interna, el control interno, la función de cumplimiento, la función de evaluación del riesgo y la función de revisión.
2. Las agencias de calificación crediticia deberán presentar a la AEVM la información siguiente con respecto a cada uno de sus altos directivos:
a)
un certificado de antecedentes penales reciente del país de origen de la persona pertinente, salvo que las autoridades nacionales competentes no expidan dicho certificado;
b)
una autodeclaración sobre su honorabilidad que incluya al menos las declaraciones previstas en el anexo VI, firmada por el interesado.
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