Art. 2

Definiciones

En vigor desde 1 mar 2012
Artículo 2 Definiciones Además de las definiciones establecidas en el artículo 2 de la Directiva 2010/30/UE, a efectos del presente Reglamento se entenderá por: 1)   «secadora de tambor doméstica»: un aparato en el cual los tejidos se secan haciéndolos girar en un tambor a través del cual se hace pasar aire caliente y que está diseñado para ser utilizado principalmente para fines no profesionales; 2)   «secadora de tambor doméstica encastrable»: una secadora de tambor doméstica prevista para ser instalada en un armario, en un hueco preparado en una pared o ubicación similar, y que necesita elementos de acabado; 3)   «lavadora-secadora combinada doméstica»: una lavadora doméstica que incluye tanto una función de centrifugado como un sistema para secar los tejidos, normalmente mediante aire caliente y giro del tambor; 4)   «centrifugadora doméstica»: también comercializada bajo la denominación de «escurridora centrífuga», un aparato en el cual se extrae el agua de los tejidos mediante una acción centrífuga en un tambor rotatorio y se vacía a través de una bomba automática y que ha sido diseñada para ser utilizada fundamentalmente con fines no profesionales; 5)   «secadora de tambor de ventilación»: una secadora en la cual se recoge aire del exterior, que se hace pasar sobre los tejidos, y el aire húmedo que resulta se evacua a la habitación o se expulsa al exterior; 6)   «secadora de tambor de condensación»: una secadora dotada de un dispositivo (bien mediante condensación o por cualquier otro medio) para deshumidificar el aire utilizado para el proceso de secado; 7)   «secadora de tambor automática»: una secadora que detiene el proceso de secado cuando detecta un determinado contenido de humedad en la carga, por ejemplo mediante sensores de conductividad o de temperatura; 8)   «secadora de tambor no automática»: una secadora que detiene el proceso de secado al cabo de un período de tiempo predefinido, generalmente controlado por un temporizador, pero que también puede ser desconectada manualmente; 9)   «programa»: una serie de operaciones predefinidas y declaradas por el proveedor adecuadas para el secado de determinados tipos de tejidos; 10)   «ciclo»: un proceso completo de secado, tal como esté definido para el programa seleccionado; 11)   «duración del programa»: el período que transcurre desde el inicio del programa hasta su finalización, excluido cualquier aplazamiento programado por el usuario final; 12)   «capacidad asignada»: la masa máxima en kilogramos, indicada por el proveedor, en intervalos de 0,5 kg de tejidos secos de un tipo determinado, que puede tratarse en una secadora doméstica en el programa seleccionado cuando se carga de conformidad con las instrucciones del proveedor; 13)   «carga parcial»: la mitad de la capacidad asignada de una secadora doméstica para un programa dado; 14)   «eficiencia de la condensación»: la relación entre la masa de humedad condensada por una secadora de condensación y la masa de humedad separada de la carga al final de un ciclo; 15)   «modo apagado»: la condición en la cual la secadora doméstica ha sido desconectada mediante un mando o interruptor del aparato accesible y concebido para ser utilizado por el usuario final durante el uso normal a fin de alcanzar el consumo eléctrico mínimo que pueda mantenerse por tiempo indefinido mientras la secadora está conectada a una fuente de electricidad, y utilizado de acuerdo con las instrucciones del proveedor; en caso de que tal mando o interruptor no sea accesible al usuario final, se entenderá por «modo apagado» la condición alcanzada una vez que la secadora vuelve automáticamente a un consumo eléctrico estable; 16)   «modo sin apagar»: modo con el mínimo consumo de electricidad que pueda mantenerse por tiempo indefinido tras la finalización del programa, sin ninguna intervención adicional por parte del usuario final aparte de la descarga de la secadora de tambor doméstica; 17)   «secadora de tambor doméstica equivalente»: un modelo de secadora puesto en el mercado con la misma capacidad asignada, las mismas características técnicas y de rendimiento, el mismo consumo de energía, la misma eventual eficiencia de la condensación, la misma duración del programa normal de algodón y el mismo ruido acústico aéreo emitido durante el secado que otro modelo de secadora puesto en el mercado con un número de código comercial diferente por el mismo proveedor; 18)   «usuario final»: un consumidor que compra o que se prevé que compre una secadora de tambor doméstica; 19)   «punto de venta»: un lugar donde se exponen o se ofertan secadoras de tambor domésticas para su venta, alquiler o alquiler con derecho a compra; 20)   «programa normal de algodón»: el ciclo para el secado de tejidos de algodón con un contenido de humedad inicial de la carga del 60 % hasta un contenido de humedad residual de la carga del 0 %.
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