Art. 29
Relación con otros actos legislativos
En vigor desde 25 oct 2011
Artículo 29
Relación con otros actos legislativos
1. La presente sección no se aplicará a los alimentos comprendidos en el ámbito de la legislación siguiente:
a)
la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios (35);
b)
la Directiva 2009/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales (36).
2. La presente sección se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativa a los productos alimenticios destinados a una alimentación especial (37), y las Directivas específicas mencionadas en el artículo 4, apartado 1, de dicha Directiva.
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