Art. 29 · Relación con otros actos legislativos

Art. 29

Relación con otros actos legislativos

En vigor desde 25 oct 2011
Artículo 29 Relación con otros actos legislativos 1.   La presente sección no se aplicará a los alimentos comprendidos en el ámbito de la legislación siguiente: a) la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios (35); b) la Directiva 2009/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales (36). 2.   La presente sección se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativa a los productos alimenticios destinados a una alimentación especial (37), y las Directivas específicas mencionadas en el artículo 4, apartado 1, de dicha Directiva.
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