Art. 3
Notificación a la Comisión
En vigor desde 23 feb 2011
Artículo 3
El artículo 13 del Reglamento (CE) no 1741/2006 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 13
Notificación a la Comisión
1. Los Estados miembros notificarán cada mes a la Comisión las cantidades de carne deshuesada de bovinos pesados machos incluidas en el régimen de depósito aduanero antes de la exportación de acuerdo con el presente Reglamento, desglosando dichas cantidades según el código de 12 cifras de la nomenclatura de los productos agrícolas para las restituciones por exportación establecida en el Reglamento (CEE) no 3846/87.
Los Estados miembros notificarán a la Comisión la información contemplada en el párrafo primero a más tardar el segundo mes siguiente a aquel en que se haya aceptado la declaración de entrada en almacenamiento.
2. Las notificaciones contempladas en el apartado 1 se realizarán de conformidad con el Reglamento (CE) no 792/2009 de la Comisión (*3).
(*3)
DO L 228 de 1.9.2009, p. 3.»."
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