Art. 34

Cuadro de asignación de la Unión para la aviación

En vigor desde 7 oct 2010
Artículo 34 Cuadro de asignación de la Unión para la aviación 1.   El DTUE contendrá un único cuadro de asignación de la Unión para la aviación correspondiente al año 2012. Este cuadro recogerá en forma tabular la siguiente información: a) cantidad total de derechos de emisión del capítulo II que se asignarán en la Unión en 2012; b) cantidad total de derechos de emisión del capítulo II ya asignados gratuitamente a cada titular de cuenta que figura en el cuadro; c) cantidad de derechos de emisión del capítulo II todavía no asignados por los Estados miembros, por separado para cada Estado miembro; d) identidad de los receptores de la asignación (en el caso de derechos de emisión asignados mediante subasta, el receptor será el subastador). 2.   El cuadro de asignación de la Unión para la aviación seguirá el formato establecido en el anexo XII.
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