Art. 7
Temporadas de veda
En vigor desde 6 abr 2009
Artículo 7
Temporadas de veda
1. Se prohíbe la pesca de atún rojo en el Atlántico oriental y el Mediterráneo a los grandes buques de captura palangreros pelágicos de más de 24 metros entre el 1 de junio y el 31 de diciembre, con la excepción del área delimitada al oeste por el meridiano 10° O y al norte por el paralelo 42° N, en la que esa pesca quedará prohibida entre el 1 de febrero y el 31 de julio.
2. Se prohíbe la pesca de atún rojo con cerco en el Atlántico oriental y el Mediterráneo durante el período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de abril.
3. Se prohíbe la pesca de atún rojo a los buques de cebo vivo y los curricaneros en el Atlántico oriental y el Mediterráneo durante el período comprendido entre el 15 de octubre y el 15 de junio.
4. Se prohíbe la pesca de atún rojo a los arrastreros pelágicos en el Atlántico oriental durante el período comprendido entre el 15 de octubre y el 15 de junio.
5. Se prohíbe la pesca recreativa y deportiva de atún rojo en el Atlántico oriental y el Mediterráneo entre el 15 de octubre y el 15 de junio.
6. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, si un Estado miembro puede demostrar que, debido a la prevalencia de vientos de fuerza 5 o más en la escala de Beaufort, algunos de sus cerqueros dedicados a la captura de atún rojo en el Atlántico oriental o el Mediterráneo no han podido utilizar sus jornadas normales de pesca, ese Estado miembro podrá prorrogar hasta el 20 de junio un número máximo de 5 jornadas perdidas.
El Estado miembro afectado notificará a la Comisión a más tardar el 14 de junio las jornadas de pesca adicionales concedidas. Esa notificación irá acompañada de los datos siguientes:
i)
un informe que contenga los pormenores del cese de las actividades pesqueras de que se trate, incluida la información meteorológica justificante pertinente,
ii)
el nombre del buque de captura,
iii)
el número de registro comunitario de la flota (RCF) tal y como se define en el anexo I del Reglamento (CE) no 26/2004.
La Comisión remitirá inmediatamente esa información a la CICAA.
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