Art. 75
Superficies
En vigor desde 19 ene 2009
Artículo 75
Superficies
Se establecen las siguientes superficies básicas para cada Estado miembro productor:
Estado miembro
Superficies básicas
(ha)
Bulgaria
4 166
Grecia
20 333
España
104 973
Francia
—
territorio metropolitano
19 050
—
únicamente para 2009, Guyana Francesa
4 190
Italia
219 588
Hungría
3 222
Portugal
24 667
Rumanía
500
Los Estados miembros podrán subdividir su superficie o superficies básicas en subsuperficies básicas con arreglo a criterios objetivos y no discriminatorios.
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