Art. 11
Interés público e independencia
En vigor desde 16 dic 2008
Artículo 11
Interés público e independencia
Los miembros del Consejo de Dirección y el Director actuarán al servicio del interés público y con independencia de cualquier influencia externa. Para ello, harán cada año sendas declaraciones escritas de compromiso y de intereses.
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