Art. 5
Características de los mensajes de información y promoción de los programas orientados hacia terceros países
En vigor desde 5 jun 2008
Artículo 5
Características de los mensajes de información y promoción de los programas orientados hacia terceros países
1. Todo mensaje se basará en las cualidades intrínsecas del producto de que se trate o en sus características.
Estos mensajes deberán ajustarse a la normativa aplicable en los terceros países a los que van destinados.
2. Cualquier referencia al origen de los productos deberá ser secundaria con respecto al mensaje principal transmitido por la campaña. No obstante, en una acción de información o promoción podrá aparecer la indicación del origen del producto cuando se trate de una designación efectuada en virtud de la normativa comunitaria o de un producto que sea necesario utilizar para ilustrar las acciones de información o promoción.
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