Art. 162

Ámbito de aplicación de las restituciones a la exportación

En vigor desde 22 oct 2007
Artículo 162 Ámbito de aplicación de las restituciones a la exportación 1.   En la medida en que resulte necesario para permitir las exportaciones sobre la base de sus cotizaciones o precios en el mercado mundial y dentro de los límites establecidos en los acuerdos celebrados de conformidad con el artículo 300 del Tratado, podrá compensarse la diferencia entre esas cotizaciones o precios y los precios comunitarios mediante una restitución a la exportación: a) de los productos de los sectores siguientes que se exporten sin más transformación: i) cereales, ii) arroz, iii) azúcar, con respecto a los productos enumerados en el anexo I, parte III, letras b), c), d) y g), iv) carne de vacuno, v) leche y productos lácteos, vi) carne de porcino, vii) huevos, viii) aves de corral; b) de los productos enumerados en la letra a), incisos i), ii), iii), v) y vii), que se exporten en forma de las mercancías que figuran en los anexos XX y XXI. En el caso de la leche y los productos lácteos exportados en forma de los productos enumerados en el anexo XX, parte IV, las restituciones a la exportación únicamente podrán concederse por los productos que figuran en el anexo I, parte XVI, letras a) a e) y g). 2.   Las restituciones por los productos exportados en forma de las mercancías transformadas que se enumeran en los anexos XX y XXI no podrán ser superiores a las aplicables a los mismos productos exportados sin más transformación. 3.   En la medida necesaria para tener en cuenta las características de producción propias de determinadas bebidas espirituosas obtenidas de cereales, la Comisión podrá adaptar los criterios aplicables a la concesión de las restituciones a que se refieren los apartados 1 y 2, así como el procedimiento de comprobación, para acomodarse a esta situación particular.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2007:1234:oj#art-162

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil