Art. 46

Modificaciones del Reglamento (CEE) no 827/68

En vigor desde 26 sept 2007
Artículo 46 Modificaciones del Reglamento (CEE) no 827/68 En el anexo del Reglamento (CEE) no 827/68, la entrada correspondiente al código NC 0910 se sustituye por el texto siguiente: «ex 0910 Jengibre, cúrcuma, hojas de laurel, curry y demás especias, excepto el tomillo y el azafrán».
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