Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 23 jul 2007
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Acuerdo establece los principios, normas y procedimientos que regulan: a) la cooperación económica, financiera, técnica y científica en el sector pesquero con el fin de promover la pesca responsable en las aguas de Kiribati para garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros y desarrollar el sector pesquero en Kiribati; b) las condiciones de acceso de los buques pesqueros comunitarios a las aguas de Kiribati; c) las cooperación relativa a las disposiciones de vigilancia de las actividades pesqueras en aguas de Kiribati con objeto de garantizar el cumplimiento de las citadas normas y condiciones, la eficacia de las medidas de conservación y de gestión de los recursos pesqueros y la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR); d) las asociaciones entre empresas tendentes a desarrollar actividades económicas en el sector pesquero y actividades conexas, en aras del interés común.
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