Art. 41
Elegibilidad de las solicitudes de pago
En vigor desde 12 jun 2007
Artículo 41
Elegibilidad de las solicitudes de pago
Para que la Comisión apruebe una solicitud de pago se deberán cumplir los requisitos mínimos enunciados en el artículo 42, apartado 1, el artículo 43, apartado 1, y el artículo 45, apartado 1.
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