Art. 101
Principios generales
En vigor desde 12 jun 2007
Artículo 101
Principios generales
Los sistemas de gestión y control de los programas transfronterizos creados por los países participantes establecerán:
a)
la definición de las funciones de los organismos responsables de la gestión y el control, y la asignación de cometidos en el seno de cada organismo;
b)
el cumplimiento del principio de separación de funciones entre dichos organismos y en el seno de cada uno de ellos;
c)
los procedimientos para asegurar la corrección y la regularidad de los gastos declarados con cargo al programa transfronterizo;
d)
unos sistemas de contabilidad, supervisión e información financiera fiables e informatizados;
e)
un sistema de notificación y supervisión en el cual el organismo responsable confíe la ejecución de los cometidos a otro organismo;
f)
unas normas para fiscalizar el funcionamiento de los sistemas;
g)
sistemas y procedimientos que garanticen una pista de auditoría adecuada;
h)
unos procedimientos de notificación y supervisión en relación con las irregularidades y la recuperación de los importes indebidamente abonados.
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