Art. 4
Objetivos específicos
En vigor desde 23 may 2007
Artículo 4
Objetivos específicos
1. LIFE+ constará de tres componentes:
—
LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad,
—
LIFE+ Política y Gobernanza Medioambiental,
—
LIFE+ Información y Comunicación.
2. Los objetivos específicos de LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad serán:
a)
contribuir a la aplicación de la política y la legislación comunitarias en materia de naturaleza y biodiversidad, en particular las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE, incluido a nivel local y regional, y respaldar el ulterior desarrollo y ejecución de la red Natura 2000, incluidos los hábitats y las especies costeros y marinos;
b)
contribuir a la consolidación de la base de conocimientos para el desarrollo, la valoración, el seguimiento y la evaluación de la política y la legislación comunitarias en materia de naturaleza y biodiversidad;
c)
respaldar la concepción y aplicación de planteamientos e instrumentos para el seguimiento y la evaluación de la naturaleza y la biodiversidad y los factores, presiones y reacciones que tengan una incidencia sobre los mismos, en particular en relación con la consecución del objetivo de detener la pérdida de biodiversidad en la Comunidad de aquí a 2010 y la amenaza que supone el cambio climático para la naturaleza y la biodiversidad;
d)
propiciar una mejor gobernanza en el ámbito del medio ambiente, fomentando la participación de las partes interesadas, incluidas las organizaciones no gubernamentales, en las consultas en torno a la política y legislación sobre naturaleza y biodiversidad y en su aplicación.
3. Los objetivos específicos de LIFE+ Política y Gobernanza Medioambiental serán, en relación con los objetivos del 6o PMA, en ámbitos prioritarios como el cambio climático, medio ambiente y salud y calidad de vida, así como recursos naturales y residuos:
a)
contribuir al desarrollo y demostración de planteamientos, tecnologías, métodos e instrumentos políticos innovadores;
b)
contribuir a la consolidación de la base de conocimientos para el desarrollo, la valoración, el seguimiento y la evaluación de la política y la legislación medioambientales;
c)
respaldar la concepción y aplicación de planteamientos para el seguimiento y la valoración de la situación del medio ambiente y los factores, presiones y reacciones que tengan una incidencia sobre el mismo;
d)
facilitar la aplicación de la política comunitaria de medio ambiente, haciendo hincapié en la aplicación a nivel regional y local;
e)
propiciar una mejor gobernanza en el ámbito del medio ambiente, fomentando la participación de las partes interesadas, incluidas las organizaciones no gubernamentales, en las consultas en torno a estas políticas y en su aplicación.
4. Los objetivos específicos de LIFE+ Información y Comunicación serán:
a)
divulgar información y fomentar la sensibilización en torno a los temas medioambientales, incluida la prevención de incendios forestales;
b)
respaldar las medidas de acompañamiento como información, actividades y campañas de comunicación, conferencias y formación, incluida la formación en materia de prevención de incendios forestales.
5. En el Anexo I figura la lista de medidas elegibles.
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