Art. 2

Características cualitativas de los huevos

En vigor desde 23 may 2007
Artículo 2 Características cualitativas de los huevos 1.   Los huevos de la categoría A deben presentar las siguientes características cualitativas: a) cáscara y cutícula: de forma normal, limpias e intactas; b) cámara de aire: de altura fija no superior a 6 milímetros; no obstante, la altura de los huevos que se comercialicen con la indicación «extra» no podrá ser superior a 4 milímetros; c) yema: visible al trasluz solo como una sombra, sin contorno claramente discernible, que se mueva solo levemente al girar el huevo y al volver a colocarlo en una posición central; d) clara: transparente y traslúcida; e) germen: desarrollo imperceptible; f) materia extraña: no permitida; g) olor extraño: no permitido. 2.   Los huevos de la categoría A no podrán lavarse o limpiarse antes ni después de su clasificación, excepto cuando se apliquen las disposiciones del artículo 3. 3.   Los huevos de la categoría A no deberán ser sometidos a ningún tratamiento de conservación ni refrigerados en los locales o plantas donde la temperatura se mantenga artificialmente a menos de 5 °C. No obstante, no se considerarán refrigerados los huevos que se hayan mantenido a una temperatura inferior a 5 °C bien en el transcurso de un transporte de duración no superior a 24 horas, bien en locales de venta al por menor o sus anexos durante un plazo máximo de 72 horas. 4.   Se clasificarán en la categoría B los huevos que no reúnan las características cualitativas fijadas en el apartado 1. Los huevos de la categoría A que dejen de presentar esas características podrán ser degradados a la categoría B.
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