Art. 2
Características cualitativas de los huevos
En vigor desde 23 may 2007
Artículo 2
Características cualitativas de los huevos
1. Los huevos de la categoría A deben presentar las siguientes características cualitativas:
a)
cáscara y cutícula: de forma normal, limpias e intactas;
b)
cámara de aire: de altura fija no superior a 6 milímetros; no obstante, la altura de los huevos que se comercialicen con la indicación «extra» no podrá ser superior a 4 milímetros;
c)
yema: visible al trasluz solo como una sombra, sin contorno claramente discernible, que se mueva solo levemente al girar el huevo y al volver a colocarlo en una posición central;
d)
clara: transparente y traslúcida;
e)
germen: desarrollo imperceptible;
f)
materia extraña: no permitida;
g)
olor extraño: no permitido.
2. Los huevos de la categoría A no podrán lavarse o limpiarse antes ni después de su clasificación, excepto cuando se apliquen las disposiciones del artículo 3.
3. Los huevos de la categoría A no deberán ser sometidos a ningún tratamiento de conservación ni refrigerados en los locales o plantas donde la temperatura se mantenga artificialmente a menos de 5 °C. No obstante, no se considerarán refrigerados los huevos que se hayan mantenido a una temperatura inferior a 5 °C bien en el transcurso de un transporte de duración no superior a 24 horas, bien en locales de venta al por menor o sus anexos durante un plazo máximo de 72 horas.
4. Se clasificarán en la categoría B los huevos que no reúnan las características cualitativas fijadas en el apartado 1. Los huevos de la categoría A que dejen de presentar esas características podrán ser degradados a la categoría B.
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