Art. 1

Objeto

En vigor desde 21 may 2007
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento establece para el período 2007-2013 un régimen destinado a compensar los costes adicionales contraídos por los agentes económicos a los que se hace referencia en el artículo 3 en la comercialización de determinados productos pesqueros de las siguientes regiones ultraperiféricas, como consecuencia de las dificultades específicas de estas regiones (en lo sucesivo, «la compensación»): — las Azores, — Madeira, — las islas Canarias, — la Guayana Francesa, y — la Reunión.
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eli:reg:2007:791:oj#art-1

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