Art. 1
Objeto
En vigor desde 21 may 2007
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece para el período 2007-2013 un régimen destinado a compensar los costes adicionales contraídos por los agentes económicos a los que se hace referencia en el artículo 3 en la comercialización de determinados productos pesqueros de las siguientes regiones ultraperiféricas, como consecuencia de las dificultades específicas de estas regiones (en lo sucesivo, «la compensación»):
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las Azores,
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Madeira,
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las islas Canarias,
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la Guayana Francesa, y
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la Reunión.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
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