Art. 6
Marco general de ejecución
En vigor desde 14 may 2007
Artículo 6
Marco general de ejecución
La ejecución de la ayuda facilitada a los países y regiones ACP gestionada por la Comisión de conformidad con el Acuerdo de Asociación ACP-CE se atendrá a lo dispuesto en el anexo IV de dicho Acuerdo y al Reglamento financiero mencionado en el artículo 10, apartado 2, del Acuerdo interno, así como a los principios de implicación de los beneficiarios y eficacia de la ayuda mencionados en el artículo 1.
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