Art. 6

Marco general de ejecución

En vigor desde 14 may 2007
Artículo 6 Marco general de ejecución La ejecución de la ayuda facilitada a los países y regiones ACP gestionada por la Comisión de conformidad con el Acuerdo de Asociación ACP-CE se atendrá a lo dispuesto en el anexo IV de dicho Acuerdo y al Reglamento financiero mencionado en el artículo 10, apartado 2, del Acuerdo interno, así como a los principios de implicación de los beneficiarios y eficacia de la ayuda mencionados en el artículo 1.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2007:617:oj#art-6

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil