Art. 6
Competitividad regional y empleo
En vigor desde 11 jul 2006
Artículo 6
Competitividad regional y empleo
Podrán beneficiarse de la financiación de los Fondos Estructurales al amparo del objetivo de «competitividad regional y empleo» aquellas regiones que no estén comprendidas en lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, ni en el artículo 8, apartados 1 y 2.
Al presentar el marco estratégico nacional de referencia previsto en el artículo 27, los Estados miembros interesados indicarán las regiones de nivel NUTS 1 o 2 en relación con las cuales tengan previsto presentar un programa para solicitar financiación del FEDER.
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