Art. 25

Ajuste al puerto de Rotterdam

En vigor desde 30 jun 2006
Artículo 25 Ajuste al puerto de Rotterdam 1.   Los precios que no correspondan a precios cif Rotterdam, entrega a granel, serán ajustados. Al realizar el ajuste, se tendrán en cuenta, en particular, las diferencias del coste de transporte entre el puerto de embarque y el puerto de destino, por una parte, y entre el puerto de embarque y Rotterdam, por otra. 2.   Si el precio se aplicare a mercancía en sacos, este se reducirá en 0,88 EUR por cada 100 kilogramos.
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