Art. 25
Ajuste al puerto de Rotterdam
En vigor desde 30 jun 2006
Artículo 25
Ajuste al puerto de Rotterdam
1. Los precios que no correspondan a precios cif Rotterdam, entrega a granel, serán ajustados.
Al realizar el ajuste, se tendrán en cuenta, en particular, las diferencias del coste de transporte entre el puerto de embarque y el puerto de destino, por una parte, y entre el puerto de embarque y Rotterdam, por otra.
2. Si el precio se aplicare a mercancía en sacos, este se reducirá en 0,88 EUR por cada 100 kilogramos.
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