Art. 24

Información trivial

En vigor desde 30 jun 2006
Artículo 24 Información trivial Al constatar las posibilidades más favorables de compra, no se tendrán en cuenta las informaciones cuando: a) la mercancía no sea de calidad sana, cabal y comercial; b) la posibilidad de adquirir al precio indicado en la oferta únicamente se refiera a una pequeña cantidad no representativa del mercado, o c) la evolución general de los precios o las informaciones que obren en poder de la Comisión le hagan suponer que el precio de oferta considerado no es representativo de la tendencia efectiva del mercado.
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