Art. 4

En vigor desde 29 jun 2006
Artículo 4 1.   La ayuda contemplada en el artículo 1, apartado 1, para los «lechones destetados» de un peso medio por lote igual o superior a 8 kg pero inferior a 12 kg y para los lechones de un peso medio por lote igual o superior a 25 kg pero inferior a 32 kg se calculará por kilogramo sobre la base del precio notificado por el organismo alemán de notificación de precios, ZMP, para la semana anterior a la entrega de los lechones a las autoridades competentes. 2.   La ayuda a los «lechones destetados» de un peso medio por lote igual o superior a 12 kg no podrá rebasar la ayuda fijada con arreglo al presente artículo, apartado 1, para los «lechones destetados» de un peso medio de 12 kg por lote. 3.   La ayuda a los lechones de un peso medio por lote igual o superior a 32 kg no podrá rebasar la ayuda fijada con arreglo al presente artículo, apartado 1, para los lechones de un peso medio de 32 kg por lote.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:976:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil