Art. 1
En vigor desde 29 jun 2006
Artículo 1
1. A partir del 12 de junio de 2006, los productores de carne de porcino podrán optar, previa solicitud, a la ayuda concedida por las autoridades alemanas competentes por la entrega a éstas de:
a)
lechones del código NC 0103 91 10 de un peso medio por lote igual o superior a 8 kg (denominados en lo sucesivo «lechones destetados»);
b)
lechones del código NC 0103 91 10 de un peso medio por lote igual o superior a 25 kg.
2. El 50 % del gasto de la ayuda contemplada en el apartado 1, relativa a un número máximo total de 65 000 lechones, de los cuales habrá como máximo 13 000«lechones destetados», será financiado por el presupuesto de la Comunidad.
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