Art. 7

Solicitud de autorización

En vigor desde 29 jun 2006
Artículo 7 Solicitud de autorización 1.   Pueden obtener una autorización las empresas que lo soliciten y ejerzan una actividad en calidad de: a) fabricante de azúcar; b) fabricante de isoglucosa; c) fabricante de jarabe de inulina; d) refinería a tiempo completo, en la acepción del artículo 2, punto 13, del Reglamento (CE) no 318/2006. La solicitud indicada en el párrafo primero se presentará a la autoridad competente del Estado miembro o Estados miembros en los que la empresa ejerza su actividad. Las empresas podrán solicitar autorización para una o varias de las actividades enunciadas en el párrafo primero. 2.   Las empresas indicarán en la solicitud de autorización su nombre, su dirección, su capacidad de producción de azúcar, isoglucosa o jarabe de inulina y, en su caso, el número de centros de producción en el Estado miembro, precisando la dirección y la capacidad de producción de cada uno de ellos. 3.   Las empresas que soliciten una autorización con arreglo al apartado 1, párrafo primero, letra d), deberán acreditar que se ajustan a la definición del artículo 2, punto 13, del Reglamento (CE) no 318/2006.
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