Art. 17

En vigor desde 20 dic 2005
Artículo 17 Con efectos a 1 de julio de 2005, los importes de la asignación por hijo a cargo prevista en el artículo 14 del anexo XIII del Estatuto se fijarán de la forma siguiente: 1.7.2005-31.12.2005 : 282,04 EUR 1.1.2006-31.12.2006 : 295,52 EUR 1.1.2007-31.12.2007 : 309,00 EUR 1.1.2008-31.12.2008 : 322,47 EUR.
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