Art. 17
En vigor desde 20 dic 2005
Artículo 17
Con efectos a 1 de julio de 2005, los importes de la asignación por hijo a cargo prevista en el artículo 14 del anexo XIII del Estatuto se fijarán de la forma siguiente:
1.7.2005-31.12.2005
:
282,04 EUR
1.1.2006-31.12.2006
:
295,52 EUR
1.1.2007-31.12.2007
:
309,00 EUR
1.1.2008-31.12.2008
:
322,47 EUR.
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