Art. 6

En vigor desde 8 mar 2005
Artículo 6 En el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1961/2001, el párrafo tercero se modificará como sigue: 1) El texto del quinto guión se sustituirá por el siguiente: «— naranjas del código NC 0805 10 20 ,». 2) El texto de los guiones undécimo y duodécimo se sustituirá por el siguiente: «— limones (Citrus limon, Citrus limonum) del código NC 0805 50 10 , — limas (Citrus aurantifolia) del código NC 0805 50 90 ,». 3) El texto del decimocuarto guión se sustituirá por el siguiente: «— manzanas de los códigos NC 0808 10 10 y 0808 10 80 ,».
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