Art. 1

En vigor desde 8 dic 2004
Artículo 1 El anexo I del Reglamento (CEE) no 571/88 se sustituirá por el anexo I del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2004:2139:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil