Título TÍTULO II
Art. 26
En vigor desde 16 may 1928
La propiedad de las aguas minero-medicinales lleva consigo la de la marca correspondiente, y, por tanto, la transmisión de derechos dimanantes de dichas aguas llevará consigo la de la marca y envase o marca-envase adoptado.
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Proeli/es/rdl/1928/04/25/743#art-26