Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 25 may 2010
A las personas que hayan solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, y se les reconozca un Grado III o un Grado II, les será de aplicación la Disposición Final Primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en la redacción vigente en el momento de presentación de la solicitud.
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eli/es/rdl/2010/05/20/8#disposicion-transitoria-tercera

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