Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 22 jul 2012
En aplicación del artículo 24.1 de la Ley del Sector Ferroviario, se asigna al patrimonio del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) la conexión del corredor Mediterráneo con la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-Frontera Francesa: Vandellós-Área Tarragona y el tramo A Coruña-Vigo del eje atlántico de alta velocidad, que fueron construidos por el Estado con anterioridad a la encomienda hecha al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la ejecución de ambas infraestructuras.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2012/07/20/22#disposicion-adicional-segunda